27 abril 2024

Acceso abierto: reactivaron el Registro de Operadores ferroviarios

Tras más de cinco años de inactividad, la CNRT aprobó el reglamento del Registro Nacional de Operadores ferroviarios de Carga y Pasajeros. La reactivación del organismo, creado en 2015 por la ley de Ferrocarriles Argentinos, es un paso clave para la implementación del acceso abierto y el fin de las concesiones integrales.

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La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) aprobó el reglamento del Registro ferroviario de Operadores de Cargas y Pasajeros y otorgó el carácter de “operador ferroviario” a todas las empresas que actualmente prestan servicios en la red ferroviaria nacional.

El organismo había sido creado en septiembre de 2015, cumpliendo con lo establecido por la ley 27.132, pero se había mantenido inactivo hasta ahora, de forma análoga a lo ocurrido con esa norma y con la propia empresa Ferrocarriles Argentinos, recientemente relanzada.

La resolución de la CNRT establece los requisitos para que las “personas humanas o jurídicas” puedan inscribirse en el registro, lo que será condición necesaria para “prestar servicios ferroviarios de transporte de pasajeros o de cargas”.

Las empresas, a su vez, deberán realizar el pago de un arancel inicial y otro anual por la inscripción en el registro.

A su vez, establece una serie de clases de servicios ferroviarios, divididas en dos grandes grupos: A (de pasajeros) y B (de carga). Dentro del grupo A, existen las clases A1 (pasajeros urbanos), A2 (pasajeros interurbanos), A3 (pasajeros de turismo y especiales) y A4 (pasajeros internacionales).

En tanto, dentro del grupo B existen las clases B1 (cargas generales) -a su vez dividida en B1.1 (carga general fraccionada), B1.2 (carga general unitarizada), B1.3 (carga a granel)-, B2 (cargas peligrosas) y B3 (cargas internacionales).

A los operadores actualmente existentes les fue otorgado el carácter de “operador ferroviario” de forma automática, aunque también deberán inscribirse en el registro. Esto se hizo sin considerar si estos operadores se hallan adecuados a la ley 27.132: algunos de ellos sí lo están, otros poseen concesiones vigentes (aunque próximas a vencer), mientras que otros operan con concesiones vencidas que han sido prorrogadas.

Entre quienes recibieron autorización para prestar servicios de pasajeros se encuentran la SOFSE (clases A1, A2 y A4), Casimiro Zbikoski -único operador privado adecuado a la ley vigente- (clase A4), Tren Patagónico (clases A2 y B1) –la empresa provincial tiene una concesión vigente y busca retenerla-, Metrovías y Ferrovíasambas con concesión vencida y prorrogada– (ambas clase A1).

A su vez, quedaron registradas como operadoras turísticas (clase A3) Tren a las Nubes, de la provincia de Salta, y Viejo Expreso Patagónico (“La Trochita”), de la provincia de Chubut.

En tanto, recibieron autorización para prestar servicios de cargas la estatal Trenes Argentinos Cargas (BCyLSA, clases B1, B2 y B3), que tendría la titularidad de la operación de cargas en todo el país tras el vencimiento de las concesiones, y las concesionarias Ferroexpreso Pampeano, Nuevo Central Argentino y Ferrosur Roca (todas ellas clases B1 y B2), cuyas concesiones están vigentes pero vencerán en este año, 2022 y 2023, respectivamente.

La decisión de reactivar el registro luego de cinco años de inactividad es vista como un primer paso para la implementación plena de la ley 27.132 de Ferrocarriles Argentinos.

En particular, del acceso abierto a la red ferroviaria, que si bien –tal como anticipó el ministro Meoni en diálogo con enelSubte -no tomaría la forma modélica del open access europeo, sí implicaría el fin de las concesiones integrales y de la administración exclusiva de la infraestructura por parte de concesionarios privados, que ahora pasarán a ser simples operadores inscriptos en el citado registro.

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