11 octubre 2024

Las estaciones deberán adecuarse para discapacitados

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Un tribunal de apelaciones ratificó este jueves que la empresa Metrovías y el Estado nacional deben readecuar las estaciones de subte para facilitar el acceso a personas con movilidad reducida.

El fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó una decisión de primera instancia que obliga a Metrovías y al Estado Nacional a adaptar las estaciones para personas con movilidad reducida, según el texto al que accedió Télam.

El tribunal de apelaciones ratificó un fallo de primera instancia dictado por la jueza federal Liliana Heiland, quien había ordenado la presentación de un “plan integral de obras” en un plazo de seis meses. Pero esta decisión no quedó firme porque fue apelada por la empresa y el Estado.

El recurso de amparo había sido presentado por una persona discapacitada que usa silla de ruedas, con el patrocinio de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC). La Cámara rechazó las apelaciones al señalar que existen “múltiples normas” que obligan a adecuar medios de transporte para la movilidad reducida.

En ambas instancias “la justicia reconoció el derecho de los discapacitados motrices a contar con estaciones que le permitan desplazarse sin barreras en los subterráneos de la Ciudad de Buenos Aires, dijo a Télam Mónica Baumgratz, de la ADC.

El tribunal sostuvo que hubo “un fenomenal quiebre” de estas normas ya que los prestadores del servicio “incumplieron varias veces su obligación de adaptar el servicio público de subterráneos eliminando barreras”.

Uno de los camaristas, Néstor Buján, destacó que la vigencia del decreto de necesidad y urgencia 2075/02 que declaró la emergencia para el sector del transporte no justifica que las obras no se hayan realizado, como argumentaron quienes apelaron.

A su entrada en vigencia “las obligaciones específicamente previstas en la ley 22.431 y su decreto reglamentario 498/83 (fijando 10 años para su cumplimiento), como la ley 24.314 y decreto 914/97 (fijando 3 años para su cumplimiento) ya estaban incumplidas, por vencimiento de plazos allí previstos”, acotó.

Otro de los camaristas, Pedro Coviello, entendió que no hay razones “para que se haya dejado de lado a una parte de nuestros habitantes que no porque carezcan de las aptitudes plenas de otros, tengan que soportar que no se les brinde las ayudas necesarias para que puedan superar sus dificultades motrices”.

Y remarcó que a la concesionaria se le exige “simplemente, el cumplimiento de una manda legal” en un caso donde se habla de “personas que no tienen otra vía que la judicial para reclamar por el reconocimiento de sus derechos, derechos que la sociedad tiene el grave deber de reconocer, efectivizar y facilitar”.

En el fallo también se puso de relieve “el diario calvario que enfrentan dichas personas de trasladarse en ciudades no adaptadas a su situación, ni en sus edificios, medios de transporte, instalaciones y servicios de distinta índole”.

Esto les impide “desarrollar al máximo el resto de sus capacidades y vocaciones” y los priva “tanto a ellos como a la misma sociedad de brindar y recibir, respectivamente, su aporte en bien de la comunidad”.

El fallo del tribunal podría ser apelado aún ante la Corte Suprema de Justicia, por lo que no está firme. Un vocero de Metrovías dijo a Télam que la empresa aún no fue notificada. Según un relevamiento de ADC, de 73 estaciones existentes en la ciudad de Buenos Aires, sólo 12 están preparadas para el acceso de personas con movilidad reducida.

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