5 octubre 2024

La Justicia levanta parcialmente la cautelar, pero mantiene la suspensión en el tramo Olavarría – Bahía Blanca

El juez federal de Azul levantó la prohibición de circulación de trenes de pasajeros entre Plaza Constitución y Olavarría, manteniéndola en el tramo Olavarría - Bahía Blanca. Se trata de un nuevo capítulo insólito, ya que el tramo rehabilitado nunca tuvo relación alguna con el accidente del pasado 8 de marzo. Pasividad de la SOFSE ante una resolución de mala factura.

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El Juzgado Federal número 1 de Azul, a cargo del juez Gabriel Di Giulio, levantó parcialmente la medida cautelar que prohibió la circulación de trenes de pasajeros entre Plaza Constitución y Bahía Blanca emitida semanas atrás.

El magistrado emitió una resolución en la que autoriza el restablecimiento del servicio de pasajeros, pero sólo hasta Olavarría.

De acuerdo con el juez, la medida se tomó “luego de que la concesionaria [Ferrosur Roca] respondiera el requerimiento judicial”. En la resolución también “se tuvieron en cuenta las consideraciones de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT)”.

Se trata de un nuevo capítulo insólito, ya que el descarrilamiento del pasado 8 de marzo -que motivó la medida judicial- se produjo en el tramo posterior a Olavarría. Es decir, el tramo Plaza Constitución – Olavarría no exhibía ninguna anomalía que justificara la suspensión de circulación de trenes en dicho sector y hasta es administrado por un concesionario distinto al del lugar donde se produjo el siniestro.

De la misma manera, tampoco existía ninguna justificación para la suspensión del tráfico de trenes entre Plaza Constitución y Cañuelas, que fue levantada días atrás por el mismo magistrado luego de que la SOFSE acreditara “el estado de la red bajo su operación”. Sin embargo, cabe destacar que la circulación de trenes de pasajeros en el tramo hasta Cañuelas nunca se vio suspendida.

La razón es sencilla, aunque revela la mala factura de la resolución judicial: la cautelar se refería a la prohibición de circulación del servicio Plaza Constitución – Bahía Blanca, y no a la prohibición del uso de la infraestructura por el que este discurre. Por esa razón es que los servicios Plaza Constitución – Ezeiza y Ezeiza – Cañuelas, que discurren por el mismo ramal, no sufrieron ninguna clase de afectación, eludiendo la orden judicial.

El magistrado se mostró abierto a levantar próximamente la prohibición de circulación de trenes de pasajeros entre Olavarría y Bahía Blanca “a la espera de los informes solicitados a la empresa Ferroexpreso Pampeano y a la CNRT. El plazo para responder ha sido extendido por 48 horas, a solicitud de la empresa”, explicó el juez.

En esta oportunidad, el juez parece haber subsanado su error al citar los nombres de las tres empresas involucradas, que en la cautelar de origen habían sido mencionadas como “Trenes Argentinos, Ferro Pampeana SAC y SOFSE Roca” (sic).

Cabe recordar que Trenes Argentinos Operaciones (SOFSE) esperaba reanudar los servicios a Bahía Blanca a partir del jueves 17 de marzo, lo que se frustró por la orden judicial.

Resulta llamativa la pasividad de la empresa frente a la cuestión, que nunca apeló la medida ni cuestionó la competencia judicial -máxime cuando provocó hasta un paro nacional del sindicato de maquinistas La Fraternidad– y se limitó a informar al juzgado sobre el estado de la infraestructura del tramo que es de su exclusiva competencia -Plaza Constitución – Cañuelas-, dejando en manos de las concesionarias Ferrosur Roca y Ferroexpreso Pampeano el resto del asunto.

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