De acuerdo al artículo 5 de la ley 670, aprobada en noviembre de 2001, el Gobierno porteño puede proponer a la Legislatura el pago de un subsidio para cubrir los costos si los ingresos provenientes de la operación del servicio no fueren suficientes. En caso de optarse por un aumento tarifario, este deberá ser calculado por el Ente Regulador de los Servicios Públicos “según lo establece la ley 210”
La ley 210, sancionada en junio de 1999, establece que el Ente Regulador calculará la tarifa (artículo 3 inciso F) y que deberá llamar a audiencia pública “cuando una tarifa, cargo, clasificación o servicio de un prestador sea considerada, con fundamento como inadecuada, indebidamente discriminatoria o preferencial, según la naturaleza del servicio o cuando se considere alterado el principio de razonabilidad y justicia tarifaria; asimismo en caso de solicitud de modificación de la tarifa”. (art.13 inc.C).
En el macrismo calculan que este proceso demoraría alrededor de 45 días dado que la convocatoria a audiencia pública debe publicarse en el Boletín Oficial. Los plazos legales, sin embargo, chocan contra la urgencia que viven ciertos funcionarios del PRO: según informa el diario Clarín, funcionarios de la Ciudad estiman que “los 360 millones [abonados por el Gobierno nacional] no son el 50% [de los subsidios] porque no prevé aumentos de sueldos”.